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Test Constitución Española 2026: Guía Completa Gratis para Oposiciones y Nacionalidad

Guía gratis del test de la Constitución Española 2026. Artículos clave, estructura, preguntas trampa y estrategias para oposiciones y nacionalidad.

Ran Chen, EA, CFP®55 min2026-03-17

Por qué la Constitución Española de 1978 es el tema más importante de tu oposición

Si estás preparando oposiciones en España, hay una verdad absoluta: la Constitución Española de 1978 es el tema que más se repite en todos los exámenes. Da igual que te presentes a Policía Nacional, Guardia Civil, Auxiliar Administrativo del Estado, Auxilio Judicial, Bomberos, Celador, TCAE o cualquier oposición de las Comunidades Autónomas y corporaciones locales. La Constitución siempre está ahí.

Pero no solo aparece en oposiciones. Si estás tramitando la nacionalidad española, el examen CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España) del Instituto Cervantes incluye preguntas directas sobre la Constitución. Dominarla no es opcional: es requisito.

¿Por qué este documento de 1978 sigue siendo tan central? Porque es la norma suprema del ordenamiento jurídico español. Todas las leyes, reglamentos y actos administrativos deben respetar lo que dice la Constitución. Si trabajas para la Administración Pública, estás al servicio de lo que ella establece.

En esta guía vas a encontrar todo lo que necesitas para aprobar cualquier test de la Constitución Española en 2026: la estructura completa, los artículos que más se preguntan (con sus contenidos exactos), las preguntas trampa más habituales, técnicas de memorización y test de práctica gratuitos. Es la guía más completa en español sobre este tema, y es completamente gratis.

Datos esenciales de la Constitución Española

Antes de entrar en materia, estos son los datos que debes tener grabados a fuego. Caen en prácticamente todos los exámenes:

DatoRespuesta exacta
Fecha de aprobación por las Cortes31 de octubre de 1978
Fecha del referéndum6 de diciembre de 1978
Fecha de sanción por el Rey27 de diciembre de 1978
Fecha de publicación en el BOE29 de diciembre de 1978
Entrada en vigor29 de diciembre de 1978 (el mismo día de su publicación)
Rey que la sancionóJuan Carlos I
Número total de artículos169
Número de Títulos11 (Título Preliminar + Títulos I a X)
Disposiciones adicionales4
Disposiciones transitorias9
Disposición derogatoria1
Disposición final1
Reformas realizadas2 (1992 y 2011)

Las dos reformas constitucionales

  • Primera reforma (1992): Modificación del artículo 13.2 para permitir el sufragio pasivo (derecho a ser elegido) de los ciudadanos de la UE en elecciones municipales. Se realizó por el procedimiento ordinario (art. 167) con motivo del Tratado de Maastricht.
  • Segunda reforma (2011): Modificación del artículo 135 para introducir el principio de estabilidad presupuestaria y el límite de déficit estructural. Se realizó también por el procedimiento ordinario (art. 167).

Pregunta trampa habitual: "¿Cuántas veces se ha reformado la Constitución?" La respuesta es 2, no 1 ni 3. Muchos opositores solo recuerdan una de las dos reformas.

Estructura completa de la Constitución Española

La Constitución se organiza en un Preámbulo, un Título Preliminar y 10 Títulos numerados del I al X, más las disposiciones finales. Conocer esta estructura a fondo es fundamental porque las preguntas de examen suelen pedir que ubiques un artículo en su Título, Capítulo o Sección correspondiente.

Tabla de estructura por Títulos

TítuloDenominaciónArtículosNº de artículos
Preámbulo(Sin numeración)
Título Preliminar(Sin denominación específica)1 - 99
Título IDe los derechos y deberes fundamentales10 - 5546
Título IIDe la Corona56 - 6510
Título IIIDe las Cortes Generales66 - 9631
Título IVDel Gobierno y de la Administración97 - 10711
Título VDe las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales108 - 1169
Título VIDel Poder Judicial117 - 12711
Título VIIEconomía y Hacienda128 - 1369
Título VIIIDe la organización territorial del Estado137 - 15822
Título IXDel Tribunal Constitucional159 - 1657
Título XDe la reforma constitucional166 - 1694
TOTAL1 - 169169

Estructura interna del Título I (el más extenso y preguntado)

El Título I es el más largo de toda la Constitución con 46 artículos y la estructura más compleja. Es imprescindible conocer su organización interna porque las preguntas sobre qué derechos tienen qué nivel de protección dependen de dónde están ubicados dentro del Título I.

Parte del Título IDenominaciónArtículos
Artículo 10Dignidad de la persona (artículo introductorio)10
Capítulo IDe los españoles y los extranjeros11 - 13
Capítulo IIDerechos y libertades14 - 38
— Artículo 14Igualdad ante la ley (artículo introductorio del Cap. II)14
— Sección 1ªDe los derechos fundamentales y de las libertades públicas15 - 29
— Sección 2ªDe los derechos y deberes de los ciudadanos30 - 38
Capítulo IIIDe los principios rectores de la política social y económica39 - 52
Capítulo IVDe las garantías de las libertades y derechos fundamentales53 - 54
Capítulo VDe la suspensión de los derechos y libertades55

Dato clave para el examen: El Título I tiene 5 Capítulos, pero el Capítulo II es el único que se subdivide en Secciones (Sección 1ª y Sección 2ª). Esta distinción entre las dos secciones es crítica para entender los niveles de protección de los derechos, como veremos más adelante.

El Título Preliminar: los 9 artículos que más se preguntan

El Título Preliminar (artículos 1 a 9) contiene los principios fundamentales del Estado español. A pesar de tener solo 9 artículos, es proporcionalmente la parte más preguntada de toda la Constitución. Debes conocer cada uno de estos artículos casi de memoria.

Artículo 1: La definición de España

Este es, sin duda, el artículo más preguntado de toda la Constitución. Tiene tres apartados:

  • Art. 1.1: "España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político."
  • Art. 1.2: "La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado."
  • Art. 1.3: "La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria."

Preguntas trampa frecuentes:

  • Los valores superiores son 4: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. NO incluye "solidaridad" ni "dignidad" (esos aparecen en otros artículos).
  • La soberanía reside en el pueblo español, no en "la nación", no en "las Cortes", no en "el Rey".
  • Es "Monarquía parlamentaria", NO "Monarquía constitucional" ni "Monarquía democrática".

Artículo 2: Unidad y autonomía

"La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas."

Clave: La Constitución habla de "nacionalidades y regiones", no de "comunidades autónomas" (que es un concepto posterior que se desarrolla en el Título VIII).

Artículo 3: Lenguas

  • Art. 3.1: El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
  • Art. 3.2: Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
  • Art. 3.3: La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Pregunta trampa: Solo el castellano impone un deber de conocimiento. Las lenguas cooficiales son un derecho, pero no un deber.

Artículo 4: La bandera

  • Art. 4.1: La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
  • Art. 4.2: Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas, que se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y actos oficiales.

Artículo 5: La capital

"La capital del Estado es la villa de Madrid."

Es el artículo más corto de la Constitución junto con otros. Fíjate: dice "villa de Madrid", no "ciudad de Madrid".

Artículo 6: Partidos políticos

"Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos."

Artículo 7: Sindicatos y asociaciones empresariales

"Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos."

Pregunta trampa: Tanto el artículo 6 (partidos) como el artículo 7 (sindicatos y patronal) exigen que su estructura y funcionamiento sean democráticos. Es la misma fórmula para ambos.

Artículo 8: Fuerzas Armadas

  • Art. 8.1: Las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire y del Espacio. Tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
  • Art. 8.2: Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar.

Clave: La misión de las Fuerzas Armadas tiene tres elementos: soberanía e independencia, integridad territorial y ordenamiento constitucional.

Artículo 9: Legalidad y garantías

  • Art. 9.1: Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
  • Art. 9.2: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
  • Art. 9.3: La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Regla nemotécnica para las 7 garantías del artículo 9.3: "La Joven Patricia Insiste en Su Responsabilidad e Independencia" → Legalidad, Jerarquía normativa, Publicidad, Irretroactividad, Seguridad jurídica, Responsabilidad, Interdicción de la arbitrariedad.

Derechos fundamentales: la clave está en las Secciones

Una de las preguntas más repetidas en oposiciones es la diferencia entre los distintos niveles de protección de los derechos. La Constitución no protege todos los derechos por igual: el nivel de protección depende de dónde están ubicados dentro del Título I.

Los tres niveles de protección constitucional

NivelUbicaciónArtículosProtecciónEjemplo de derechos
Máxima protecciónSección 1ª, Cap. II, Título I15 - 29Recurso de amparo ante el TC + Procedimiento preferente y sumario + Ley OrgánicaVida, libertad, educación, huelga, reunión
Protección mediaSección 2ª, Cap. II, Título I30 - 38Procedimiento preferente y sumario + Ley ordinariaPropiedad, trabajo, negociación colectiva
Protección básicaCapítulo III, Título I39 - 52Solo pueden ser alegados ante la jurisdicción ordinaria según las leyes que los desarrollenSalud, vivienda, medio ambiente, pensiones

MUY IMPORTANTE para el examen: El artículo 14 (igualdad ante la ley) NO está dentro de la Sección 1ª (que va del 15 al 29), sino que es el artículo introductorio del Capítulo II. Sin embargo, el artículo 53.2 le otorga la misma protección máxima que a los derechos de la Sección 1ª (recurso de amparo + procedimiento preferente y sumario). Esto es una pregunta trampa clásica.

Sección 1ª: Derechos fundamentales y libertades públicas (art. 15-29)

Estos son los derechos con la máxima protección constitucional. Debes conocerlos todos:

ArtículoDerecho
15Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Abolición de la pena de muerte (salvo leyes penales militares en tiempo de guerra, aunque esta excepción fue eliminada por LO 11/1995)
16Libertad ideológica, religiosa y de culto. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones
17Derecho a la libertad y seguridad. Detención preventiva máxima de 72 horas. Habeas corpus
18Derecho al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen (18.1). Inviolabilidad del domicilio (18.2). Secreto de las comunicaciones (18.3). Limitación del uso de la informática para proteger el honor y la intimidad (18.4)
19Derecho a elegir libremente residencia y a circular por el territorio nacional. Derecho a entrar y salir de España
20Libertad de expresión, producción y creación literaria, artística, científica y técnica. Libertad de cátedra. Libertad de comunicar información veraz. Prohibición de censura previa. Secuestro de publicaciones solo por resolución judicial
21Derecho de reunión pacífica y sin armas. Las reuniones en lugares de tránsito público requieren comunicación previa (no autorización)
22Derecho de asociación. Prohibición de asociaciones secretas y paramilitares
23Derecho a participar en asuntos públicos (sufragio activo) y a acceder a funciones y cargos públicos (sufragio pasivo)
24Derecho a la tutela judicial efectiva. Derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. Derecho a la defensa y asistencia de letrado
25Principio de legalidad penal (nadie puede ser condenado por acciones que no constituyan delito según la ley vigente). Las penas privativas de libertad estarán orientadas a la reeducación y reinserción social
26Prohibición de los Tribunales de Honor en la Administración civil y en las organizaciones profesionales
27Derecho a la educación (27.1). Libertad de enseñanza (27.1). La enseñanza básica es obligatoria y gratuita (27.4). Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación mediante una programación general de la enseñanza (27.5)
28Derecho a la sindicación libre (28.1). Derecho de huelga (28.2)
29Derecho de petición individual y colectiva, por escrito

Sección 2ª: Derechos y deberes de los ciudadanos (art. 30-38)

ArtículoDerecho o deber
30Derecho y deber de defender a España. Objeción de conciencia al servicio militar
31Deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos (sistema tributario justo, progresivo, sin carácter confiscatorio)
32Derecho al matrimonio con plena igualdad jurídica
33Derecho a la propiedad privada y a la herencia
34Derecho de fundación para fines de interés general
35Derecho y deber de trabajar. Derecho a una remuneración suficiente. No discriminación por razón de sexo
36Colegios profesionales. Ley regulará las profesiones tituladas
37Derecho a la negociación colectiva laboral
38Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado

Capítulo III: Principios rectores de la política social y económica (art. 39-52)

Estos no son "derechos exigibles" directamente ante los tribunales, sino principios que deben guiar la legislación y la actuación de los poderes públicos. Los más preguntados en exámenes:

ArtículoPrincipio rector
39Protección de la familia y de los hijos
40Distribución equitativa de la renta. Pleno empleo. Formación profesional
41Régimen público de Seguridad Social
43Derecho a la protección de la salud
44Acceso a la cultura
45Derecho a un medio ambiente adecuado
47Derecho a una vivienda digna y adecuada
48Participación de la juventud
49Atención a las personas con discapacidad
50Protección de la tercera edad (pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas)
51Defensa de consumidores y usuarios

Pregunta trampa clásica: El derecho a la salud (art. 43) y el derecho a la vivienda (art. 47) NO son derechos fundamentales. Están en el Capítulo III del Título I (principios rectores), no en la Sección 1ª del Capítulo II. No tienen recurso de amparo ni protección reforzada. Es uno de los errores más comunes en los exámenes.

Título II: La Corona (artículos 56-65)

La Corona es una de las partes más preguntadas de la Constitución. Estos son los puntos clave:

El Rey: funciones y atribuciones

  • Artículo 56: El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia. Arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones. Asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales. Su persona es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
  • Artículo 56.3: El título del Jefe del Estado es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.

Sucesión a la Corona (artículo 57)

El orden de sucesión sigue estas reglas:

  1. Primogenitura (los hijos antes que los hermanos)
  2. Representación (los hijos del fallecido ocupan su lugar)
  3. En el mismo grado, el varón antes que la mujer
  4. En el mismo sexo, la persona de mayor edad sobre la de menor

Nota: La preferencia del varón sobre la mujer es una de las disposiciones más debatidas de la Constitución, pero sigue vigente en 2026 al no haberse realizado la reforma constitucional necesaria.

Datos clave sobre la Corona

AspectoDetalle
Edad para reinar18 años (art. 59.1)
RegenciaSi el Rey es menor de edad, el padre o la madre del Rey; en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a la Corona (art. 59)
Tutor del Rey menorPersona designada en el testamento del Rey difunto; en su defecto, padre o madre; en su defecto, las Cortes Generales (art. 60)
Juramento del ReyAl ser proclamado, el Rey presta juramento ante las Cortes Generales (art. 61.1)
Consorte del Rey o de la ReinaNo puede asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia (art. 58)
RefrendoLos actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. El Presidente del Congreso refrenda la propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno (art. 64)

Funciones del Rey (artículo 62)

El artículo 62 enumera las funciones del Rey. Las más preguntadas:

  • a) Sancionar y promulgar las leyes.
  • b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones.
  • c) Convocar referéndum.
  • d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo.
  • e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta del Presidente del Gobierno.
  • f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros.
  • g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
  • h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
  • i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
  • j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.

Pregunta trampa: El Rey tiene el mando supremo de las Fuerzas Armadas (art. 62.h), pero la dirección de la política militar corresponde al Gobierno (art. 97). Son cosas distintas.

Título III: Las Cortes Generales (artículos 66-96)

Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por dos Cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado.

Datos esenciales comparativos

AspectoCongreso de los DiputadosSenado
Artículo6869
Número de miembros300 mínimo, 400 máximo (actualmente 350)Variable (actualmente 265)
Circunscripción electoralProvinciaProvincia + CCAA
Denominación constitucional"Cámara Baja" (uso común)Cámara de representación territorial
Sistema electoralProporcional (D'Hondt)Mayoritario (provincias) + designados por CCAA
Diputados/Senadores mínimos por provincia2 (Ceuta y Melilla: 1)4 por provincia (insulares y Ceuta/Melilla: menos)
Investidura del PresidenteSí (art. 99)No
Moción de censuraSí (art. 113)No
Cuestión de confianzaSí (art. 112)No
Convalidación de Decretos-leyesSí (art. 86)No
Estados de alarma, excepción y sitioAutoriza alarma y excepción; declara sitioNo participa

El procedimiento legislativo clave

  • Artículo 87: La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso, al Senado, a las Asambleas de las CCAA y a la iniciativa legislativa popular (no menos de 500.000 firmas acreditadas).
  • Artículo 90: Aprobado un proyecto de ley por el Congreso, el Senado tiene 2 meses para vetarlo o enmendarlo (20 días naturales en proyectos declarados urgentes). Si el Senado veta, el Congreso puede levantarlo por mayoría absoluta (o mayoría simple transcurridos 2 meses).

Períodos de sesiones (artículo 73)

  • Primer período: De septiembre a diciembre.
  • Segundo período: De febrero a junio.

Fuera de estos períodos, funcionará la Diputación Permanente (art. 78), compuesta por un mínimo de 21 miembros.

Título IV: Del Gobierno y de la Administración (artículos 97-107)

Artículo 97: Las funciones del Gobierno

"El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes."

Regla nemotécnica: El Gobierno tiene 5 funciones: política interior, política exterior, Administración civil y militar, defensa del Estado, función ejecutiva y potestad reglamentaria.

Composición del Gobierno (artículo 98)

El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.

Nota: Los Vicepresidentes son opcionales ("en su caso"), mientras que el Presidente y los Ministros son necesarios.

Investidura del Presidente del Gobierno (artículo 99)

Este artículo es uno de los más preguntados. El proceso es:

  1. El Rey propone un candidato, previa consulta con los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria, a través del Presidente del Congreso.
  2. El candidato expone su programa ante el Congreso y solicita la confianza.
  3. Primera votación: Se necesita mayoría absoluta (176 votos de 350).
  4. Si no se obtiene, 48 horas después se realiza una segunda votación en la que basta la mayoría simple (más síes que noes).
  5. Si tampoco se obtiene, se realizan sucesivas propuestas.
  6. Si transcurridos 2 meses desde la primera votación de investidura ningún candidato obtiene la confianza, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones, con el refrendo del Presidente del Congreso.

Moción de censura (artículo 113)

La moción de censura es constructiva: debe incluir un candidato alternativo a la Presidencia del Gobierno.

  • Se presenta por al menos 1/10 parte de los Diputados (35 Diputados).
  • Se necesita mayoría absoluta del Congreso para que prospere.
  • Si prospera, el Gobierno presenta su dimisión y el candidato se entiende investido.
  • Si no prospera, los firmantes no pueden presentar otra en el mismo período de sesiones.

Cuestión de confianza (artículo 112)

  • La plantea el Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros.
  • Se necesita mayoría simple para que prospere.
  • Si no la obtiene, el Gobierno debe dimitir.

Pregunta trampa: Moción de censura = mayoría absoluta y la proponen los Diputados. Cuestión de confianza = mayoría simple y la propone el Presidente del Gobierno. No confundirlas.

Título V: Relaciones Gobierno-Cortes y estados excepcionales (art. 108-116)

Estados de alarma, excepción y sitio (artículo 116)

Este artículo es fundamental y aparece constantemente en los exámenes.

EstadoDeclarado porAutorizado porDuración máximaArtículo
AlarmaGobierno (Consejo de Ministros)Congreso (para prórroga)15 días (prorrogable con autorización del Congreso)116.2
ExcepciónGobierno (Consejo de Ministros)Congreso (autorización previa)30 días (prorrogable por otro plazo de 30 días)116.3
SitioCongreso de los Diputados (por mayoría absoluta, a propuesta exclusiva del Gobierno)La que determine el Congreso116.4

Datos clave:

  • El estado de sitio lo declara el Congreso, no el Gobierno. Es el único de los tres.
  • Durante estos estados, no podrá disolverse el Congreso (art. 116.5).
  • Si el Congreso estuviera disuelto, sus competencias serían asumidas por la Diputación Permanente del Congreso (art. 116.5).
  • La declaración de estos estados no modificará el principio de responsabilidad del Gobierno ni de sus agentes (art. 116.6).

Título VI: Del Poder Judicial (artículos 117-127)

Principios fundamentales

  • Artículo 117.1: La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados, que son independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.
  • Artículo 117.3: El ejercicio de la potestad jurisdiccional corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales.
  • Artículo 117.5: El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) - Artículo 122

AspectoDetalle
FunciónÓrgano de gobierno del Poder Judicial
PresidenteEl Presidente del Tribunal Supremo
Composición20 miembros + el Presidente = 21
Nombrados porEl Rey; 12 entre Jueces y Magistrados, 4 a propuesta del Congreso y 4 a propuesta del Senado
Mandato5 años
Requisito para los 8 propuestos por las CortesAbogados y otros juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional

El Ministerio Fiscal (artículo 124)

El Ministerio Fiscal tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. Ejerce sus funciones a través de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica, con sujeción a los de legalidad e imparcialidad.

El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el CGPJ.

El Tribunal Supremo (artículo 123)

  • Es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales (que corresponde al Tribunal Constitucional).
  • Su Presidente es nombrado por el Rey, a propuesta del CGPJ.

Título VIII: Organización territorial del Estado (artículos 137-158)

Este Título regula la estructura territorial de España en municipios, provincias y Comunidades Autónomas.

Principios generales

  • Artículo 137: El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
  • Artículo 138: El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad (art. 2) velando por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español.
  • Artículo 139.1: Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.

La Administración Local

  • Artículo 140: Los Municipios gozan de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto.
  • Artículo 141: La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios. Su gobierno y administración autónoma está encomendada a las Diputaciones u otras corporaciones de carácter representativo.

Las Comunidades Autónomas

Artículo 143 (vía lenta u ordinaria): Podían acceder a la autonomía las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica.

Artículo 151 (vía rápida o reforzada): Permitía acceder directamente al máximo nivel competencial sin esperar 5 años. La utilizaron Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía.

Distribución de competencias

  • Artículo 148: Competencias que pueden asumir las CCAA.
  • Artículo 149: Competencias exclusivas del Estado. El artículo 149.1 enumera 32 materias de competencia exclusiva estatal (defensa, relaciones internacionales, nacionalidad, inmigración, etc.).
  • Artículo 150: Mecanismos de transferencia y delegación de competencias del Estado a las CCAA (leyes marco, leyes de transferencia, leyes de armonización).

El Delegado del Gobierno (artículo 154)

"Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad."

Título IX: Del Tribunal Constitucional (artículos 159-165)

El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución y el encargado de garantizar que todas las normas del ordenamiento jurídico se ajusten a ella.

Composición y nombramiento

AspectoDetalle
Número de miembros12 Magistrados
Nombrados porEl Rey
Propuestos por4 por el Congreso (mayoría de 3/5), 4 por el Senado (mayoría de 3/5), 2 por el Gobierno, 2 por el CGPJ
Mandato9 años
RenovaciónPor terceras partes cada 3 años
PresidenteElegido entre sus miembros, nombrado por el Rey, mandato de 3 años
RequisitosJuristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional

Regla nemotécnica para recordar quién propone los 12 magistrados: "4-4-2-2" → 4 Congreso, 4 Senado, 2 Gobierno, 2 CGPJ. Es como una formación de fútbol.

Competencias del Tribunal Constitucional (artículo 161)

  • Recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley.
  • Recurso de amparo por violación de derechos y libertades del artículo 53.2 (derechos de la Sección 1ª del Cap. II + art. 14 + objeción de conciencia del art. 30).
  • Conflictos de competencia entre el Estado y las CCAA, o entre CCAA.
  • Las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

Legitimados para interponer recurso de inconstitucionalidad (artículo 162)

  • El Presidente del Gobierno
  • El Defensor del Pueblo
  • 50 Diputados
  • 50 Senadores
  • Los órganos colegiados ejecutivos y las Asambleas de las CCAA (solo contra leyes que afecten a su ámbito de autonomía)

Pregunta trampa: Se necesitan 50 Diputados o 50 Senadores, no 1/10 parte. La cifra exacta es 50.

Título X: La reforma constitucional (artículos 166-169)

La Constitución prevé dos procedimientos de reforma según la importancia de lo que se quiere modificar.

Procedimiento ordinario (artículo 167)

PasoRequisito
AprobaciónMayoría de 3/5 de cada Cámara
Si hay desacuerdoComisión paritaria Congreso-Senado que presenta un texto; si no se aprueba por 3/5 del Senado, basta mayoría absoluta del Senado si el Congreso ha aprobado por 2/3
ReferéndumFacultativo (solo si lo solicitan 1/10 parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras en los 15 días siguientes)

Procedimiento agravado (artículo 168)

Se utiliza cuando se propone la revisión total o una parcial que afecte a:

  • Título Preliminar (art. 1-9)
  • Sección 1ª del Capítulo II del Título I (derechos fundamentales, art. 15-29)
  • Título II (La Corona, art. 56-65)
PasoRequisito
1. Aprobación del principioMayoría de 2/3 de cada Cámara
2. Disolución inmediata de las CortesConvocatoria de elecciones
3. Las nuevas Cámaras ratifican la decisiónEstudian el nuevo texto y lo aprueban por 2/3 de cada Cámara
4. ReferéndumObligatorio para su ratificación

Diferencia clave: En la reforma ordinaria el referéndum es facultativo; en la agravada es obligatorio. Además, la agravada exige disolver las Cortes y convocar nuevas elecciones.

Límite temporal a la reforma (artículo 169)

"No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116" (alarma, excepción o sitio).

Iniciativa de reforma constitucional (artículo 166)

La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos del artículo 87 (apartados 1 y 2), es decir, por el Gobierno, el Congreso o el Senado. NO cabe la iniciativa legislativa popular (art. 87.3) para la reforma constitucional.

Artículos clave que generan más preguntas trampa

Además de los ya comentados, estos artículos son foco constante de preguntas engañosas:

Artículo 14: Igualdad

"Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social."

Trampas:

  • La lista NO incluye "edad", "idioma" ni "discapacidad" de forma expresa (aunque "cualquier otra condición" los cubriría).
  • El artículo 14 NO está en la Sección 1ª (que empieza en el 15), sino que es el artículo introductorio del Capítulo II.

Artículo 16: Libertad religiosa

  • 16.1: Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
  • 16.3: "Ninguna confesión tendrá carácter estatal." Esto define a España como un Estado aconfesional (no laico ni confesional). Los poderes públicos mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Trampa: España no es un Estado "laico" según la Constitución, sino aconfesional. La diferencia es que la aconfesionalidad implica cooperación con las confesiones religiosas, no separación total.

Artículo 20: Libertad de expresión

  • Reconoce la libertad de expresión, creación literaria/artística/científica/técnica, libertad de cátedra y comunicación de información veraz.
  • Se prohíbe expresamente la censura previa (art. 20.2).
  • El secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios solo podrá acordarse por resolución judicial (art. 20.5).
  • Límites: respeto a los derechos del Título I, especialmente honor, intimidad, propia imagen y protección de la juventud y la infancia (art. 20.4).

Artículo 27: Derecho a la educación

  • La enseñanza básica es obligatoria y gratuita (art. 27.4).
  • Se reconoce la autonomía de las Universidades (art. 27.10).
  • Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo (art. 27.8).

Artículo 53: La clave del sistema de garantías

Este artículo es el que establece los niveles de protección que hemos visto antes:

  • 53.1: Los derechos del Capítulo II (ambas secciones) vinculan a todos los poderes públicos y solo podrán regularse por ley (que respete su contenido esencial).
  • 53.2: Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de los derechos del artículo 14 y de la Sección 1ª del Capítulo II ante los Tribunales ordinarios (procedimiento preferente y sumario) y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
  • 53.3: El reconocimiento y la protección de los principios del Capítulo III informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.

Preguntas trampa más frecuentes y cómo evitarlas

Tras analizar cientos de exámenes de oposiciones, estas son las trampas más recurrentes:

1. Confundir fechas

  • Aprobación por las Cortes: 31 de octubre de 1978
  • Referéndum: 6 de diciembre de 1978
  • Sanción real: 27 de diciembre de 1978
  • Publicación en el BOE y entrada en vigor: 29 de diciembre de 1978

Truco: Las Cortes aprueban en octubre ("O" de octubre = "O"K de las Cortes). El pueblo vota en diciembre. El Rey firma 27-dic. Sale en el BOE 29-dic.

2. Los valores superiores del artículo 1.1

Son 4: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. Muchos exámenes incluyen opciones como "solidaridad", "dignidad" o "democracia" para confundir. Ninguno de esos es un valor superior del art. 1.1.

Regla nemotécnica: "Li-Ju-I-Plu" (LIbertad, JUsticia, Igualdad, PLUralismo político).

3. Confundir la composición de las Cámaras

  • Congreso: entre 300 y 400 Diputados (actualmente 350).
  • Senado: número variable.
  • Las preguntas suelen poner "entre 200 y 400" o "entre 350 y 400" para confundir.

4. Los plazos de detención

  • Detención preventiva máxima: 72 horas (art. 17.2).
  • Habeas corpus: para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente (art. 17.4).
  • No confundir con los 24 horas de comparecencia ante el juez en el ámbito penal ordinario.

5. ¿Quién declara el estado de sitio?

El Congreso de los Diputados por mayoría absoluta, a propuesta exclusiva del Gobierno. Los estados de alarma y excepción los declara el Gobierno (Consejo de Ministros), pero el de sitio es exclusivo del Congreso.

6. La reforma constitucional

  • Reforma ordinaria: 3/5 + referéndum facultativo.
  • Reforma agravada: 2/3 + disolución de Cortes + 2/3 de las nuevas Cortes + referéndum obligatorio.
  • Se aplica la agravada al Título Preliminar, Sección 1ª Cap. II Título I y Título II.

Error frecuente: Pensar que la reforma agravada protege todo el Título I. Solo protege la Sección 1ª del Capítulo II (art. 15-29), no la Sección 2ª ni el Capítulo III.

7. Tribunal Constitucional vs. Tribunal Supremo

  • El Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes (art. 123).
  • El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución (art. 1 LOTC), pero NO forma parte del Poder Judicial.
  • El TC tiene 12 miembros; el CGPJ tiene 20 + su presidente.

8. La iniciativa legislativa popular

  • Se necesitan 500.000 firmas acreditadas (art. 87.3).
  • NO procede en materias propias de ley orgánica, tributarias, de carácter internacional ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.
  • NO cabe para la reforma constitucional (art. 166).

Estrategias de estudio y reglas nemotécnicas

Plan de estudio en 8 semanas

SemanaContenidoPrioridad
1Título Preliminar (art. 1-9)Máxima
2Derechos fundamentales, Sección 1ª (art. 14-29)Máxima
3Derechos ciudadanos, Sección 2ª (art. 30-38) + Principios rectores (art. 39-52) + Garantías (art. 53-55)Alta
4Título II: La Corona (art. 56-65)Alta
5Título III: Las Cortes Generales (art. 66-96)Alta
6Título IV y V: Gobierno y relaciones con las Cortes (art. 97-116)Media-Alta
7Títulos VI, VII y VIII: Poder Judicial, Economía y Organización territorialMedia
8Títulos IX y X: Tribunal Constitucional y Reforma + Repaso generalAlta

Reglas nemotécnicas clave

Valores superiores (art. 1.1): "Li-Ju-I-Plu" → Libertad, Justicia, Igualdad, Pluralismo político.

Garantías del art. 9.3: "La Joven Patricia Insiste en Su Responsabilidad e Independencia" → Legalidad, Jerarquía normativa, Publicidad, Irretroactividad, Seguridad jurídica, Responsabilidad, Interdicción de la arbitrariedad.

Miembros del Tribunal Constitucional: "4-4-2-2" (formación de fútbol) → 4 Congreso, 4 Senado, 2 Gobierno, 2 CGPJ. Total: 12. Mandato: 9 años. Renovación: por tercios cada 3 años.

Funciones del Gobierno (art. 97): "PI-PE-ACM-DE-EJ-RE" → Política Interior, Política Exterior, Administración Civil y Militar, Defensa del Estado, función Ejecutiva, potestad Reglamentaria.

Estados excepcionales: "A-15, E-30, S-Congreso" → Alarma 15 días, Excepción 30 días, Sitio lo declara el Congreso.

Composición del CGPJ: "12-4-4 = 20+1" → 12 Jueces/Magistrados, 4 propuestos por el Congreso, 4 por el Senado = 20 miembros + 1 Presidente (que es el del Tribunal Supremo) = 21.

Reforma constitucional: "Ordinaria = 3/5 + referéndum facultativo. Agravada = 2/3 + disolución + 2/3 + referéndum obligatorio".

Edad para reinar: 18 años. Mandato del TC: 9 años. Mandato del CGPJ: 5 años. Diputación Permanente: mínimo 21 miembros.

Técnica de estudio con tarjetas de repaso

Para memorizar los 169 artículos de forma efectiva:

  1. Crea tarjetas (flashcards) con el número de artículo por un lado y su contenido clave por el otro.
  2. Usa repetición espaciada: repasa las tarjetas que más te cuestan con mayor frecuencia.
  3. Agrupa por Títulos: no intentes memorizar todo de golpe. Domina un Título antes de pasar al siguiente.
  4. Haz test cada día: la práctica con preguntas tipo examen es el método más efectivo para fijar conocimientos. La investigación educativa confirma que "retrieval practice" (recuperar información de la memoria) es más efectivo que releer.

El método de las asociaciones visuales

Para artículos especialmente difíciles de recordar, crea una imagen mental:

  • Artículo 17 (libertad, 72 horas): Imagina un calendario con 3 días tachados (72 horas = 3 días) y una celda abriéndose.
  • Artículo 20 (libertad de expresión): Imagina un megáfono con el número 20.
  • Artículo 68 (Congreso, 300-400 diputados): Imagina un hemiciclo con 350 asientos numerados.
  • Artículo 159 (TC, 12 magistrados): Imagina un tribunal con 12 sillas dispuestas como un equipo de fútbol en formación 4-4-2-2.

¿Qué oposiciones exigen conocer la Constitución Española?

Prácticamente todas las oposiciones en España incluyen la Constitución en su temario. Aquí tienes el listado completo organizado por categorías:

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

OposiciónPeso de la ConstituciónTemas dedicados
Policía Nacional20-30% del temario jurídicoTítulo Preliminar, Derechos fundamentales, Corona, Cortes, Gobierno, TC
Guardia Civil20-30%Derechos fundamentales, Gobierno, estados excepcionales
Policía Local/Municipal15-25%Variable según convocatoria local
Mossos d'Esquadra15-20%Adaptado al marco autonómico catalán
Ertzaintza15-20%Adaptado al marco autonómico vasco

Administración General del Estado

OposiciónPeso de la Constitución
Auxiliar Administrativo AGE15-25% (5-6 temas del bloque de organización)
Administrativo AGE15-20%
Técnico de Hacienda10-15%
Agente de Hacienda Pública10-15%

Administración de Justicia

OposiciónPeso de la Constitución
Auxilio Judicial15-25% (Bloque I completo: 5 temas)
Tramitación Procesal15-20%
Gestión Procesal10-15%
Letrado de la Administración de Justicia10%

Administración Autonómica y Local

OposiciónPeso de la Constitución
Auxiliar Administrativo CCAA15-20%
Administrativo CCAA15-20%
Celador/a (servicios de salud)10-15%
Bomberos10-15%
Técnico de gestión autonómico10-15%

Sanidad

OposiciónPeso de la Constitución
TCAE (Auxiliar de Enfermería)10-15% (2-3 temas del temario común)
Enfermería (SAS, SERMAS, etc.)5-10%
Médico de familia (SAS, SERMAS)5%

Otros cuerpos

OposiciónPeso de la Constitución
CorreosMínimo (0-5%)
Instituciones Penitenciarias15-20%
Agentes Medioambientales10-15%
Personal de correos y telégrafos5-10%

Examen de nacionalidad española (CCSE)

El examen CCSE del Instituto Cervantes, necesario para obtener la nacionalidad española, incluye preguntas sobre la Constitución en la Tarea 1 (Conocimiento del Gobierno, legislación y participación ciudadana en España). De las 25 preguntas del examen, aproximadamente 5-8 preguntas versan directamente sobre la Constitución.

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El Preámbulo de la Constitución: sin fuerza jurídica pero cae en el examen

El Preámbulo es el texto introductorio de la Constitución que precede al articulado. Aunque no tiene fuerza jurídica vinculante (no es un artículo, no genera derechos ni obligaciones directamente exigibles), sí tiene un importante valor interpretativo y aparece regularmente en los exámenes de oposiciones.

Texto clave del Preámbulo

El Preámbulo comienza con las palabras:

"La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran..."

Frases que debes memorizar

El Preámbulo expresa la voluntad de la Nación española de:

  • Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes.
  • Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
  • Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
  • Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
  • Establecer una sociedad democrática avanzada.
  • Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

Preguntas trampa sobre el Preámbulo

Pregunta trampaRespuesta correcta
¿El Preámbulo tiene fuerza jurídica vinculante?No, pero tiene valor interpretativo
¿El Preámbulo forma parte del articulado?No, precede al Título Preliminar
¿Qué tres valores menciona al inicio?Justicia, libertad y seguridad (no confundir con los valores superiores del art. 1.1)
¿Menciona el Preámbulo una "sociedad democrática avanzada"?, es una de las frases más conocidas

Cuidado: No confundas los valores del Preámbulo (justicia, libertad, seguridad y bien) con los valores superiores del ordenamiento jurídico del artículo 1.1 (libertad, justicia, igualdad y pluralismo político). Es una de las trampas más clásicas.

Características de la Constitución Española de 1978

Los exámenes de oposiciones preguntan habitualmente por las características técnicas de la Constitución. Estas son las 7 características fundamentales que debes conocer:

CaracterísticaSignificado
EscritaEstá recogida en un documento formal y solemne
CodificadaSe contiene en un único texto articulado (no dispersa en varias leyes)
ExtensaCon 169 artículos es una de las más largas de Europa
RígidaSu reforma requiere procedimientos especiales más exigentes que para las leyes ordinarias (art. 167 y 168)
ConsensuadaFue fruto del pacto y acuerdo entre las principales fuerzas políticas de la Transición
NormativaEs directamente aplicable, no es un mero programa político: vincula a ciudadanos y poderes públicos (art. 9.1)
DerivadaSe inspira en otras constituciones europeas (Ley Fundamental de Bonn, Constitución italiana, Constitución portuguesa de 1976)

Parte dogmática vs. parte orgánica

La doctrina divide la Constitución en dos grandes partes:

  • Parte dogmática: Contiene los principios, valores, derechos y libertades. Comprende el Título Preliminar y el Título I (Derechos y deberes fundamentales).
  • Parte orgánica: Regula la organización y funcionamiento de los poderes del Estado. Comprende los Títulos II a X (Corona, Cortes, Gobierno, Poder Judicial, organización territorial, Tribunal Constitucional y reforma).

Pregunta frecuente: "¿A qué parte pertenece el Título Preliminar?" Pertenece a la parte dogmática, no a la orgánica.

¿Cuántas preguntas de la Constitución caen por oposición? Datos reales 2026

Saber cuántas preguntas dedicar a cada tema es fundamental para tu planificación de estudio. Aquí tienes los datos reales basados en convocatorias recientes:

OposiciónPreguntas de Constitución% aproximado del examenPeso relativo
Agente de Hacienda~20 preguntas~20%★★★★★
Auxiliar Administrativo del Estado10-20 preguntas~15-20%★★★★★
Tramitación Procesal10-15 preguntas~15%★★★★☆
Guardia Civil10-15 preguntas~10-15%★★★★☆
Policía Nacional10-15 preguntas~10-15%★★★★☆
Celador/a (SAS, SERMAS, etc.)5-10 preguntas~8-10%★★★☆☆
Correos5-8 preguntas~8%★★★☆☆

Conclusión clara: En oposiciones de la Administración General del Estado (AGE), la Constitución puede suponer hasta el 20% del examen. Es, literalmente, el tema que más preguntas aporta. En cuerpos de seguridad y sanidad, sigue teniendo un peso significativo (10-15%). No existe ninguna oposición en España donde no merezca la pena estudiar la Constitución a fondo.

Artículo 103: Principios de la Administración Pública

Este artículo es imprescindible para oposiciones administrativas y aparece con altísima frecuencia en los exámenes de Auxiliar Administrativo, Administrativo y Agente de Hacienda.

Texto del artículo 103.1

"La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho."

Regla nemotécnica: "EJE-DES-DES-COO"

Para memorizar los 5 principios, usa esta regla:

  • Eficacia
  • JErarquía
  • DEScentralización
  • DESconcentración
  • COOrdinación

Otros apartados del artículo 103

  • 103.2: Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.
  • 103.3: La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

Preguntas trampa del artículo 103

Trampa habitualRespuesta correcta
Incluir "eficiencia" entre los principiosNo, el principio es "eficacia", no "eficiencia"
Incluir "imparcialidad" como principio del 103.1No, la imparcialidad se menciona en el 103.3 (funcionarios), no en los principios generales
Confundir descentralización con desconcentraciónDescentralización = transferencia de competencias a entes con personalidad jurídica propia; Desconcentración = delegación dentro de la misma organización
Olvidar "objetividad"La Administración sirve con objetividad los intereses generales (no "neutralidad" ni "imparcialidad")

Título VII: Economía y Hacienda (artículos 128-136)

Este Título es uno de los grandes olvidados en la preparación de oposiciones, pero aparece con regularidad en los exámenes, especialmente para Agente de Hacienda y cuerpos de la Administración General del Estado.

Artículo 128: Subordinación de la riqueza al interés general

"Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general."

  • Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica.
  • Mediante ley se podrán reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio.

Artículo 131: Planificación económica

  • El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial.
  • El Gobierno elaborará los proyectos de planificación con el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas.
  • Se creará un Consejo a tal efecto, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.

Artículo 133: Potestad tributaria

Este artículo define quién puede establecer tributos:

NivelCapacidad
EstadoPotestad originaria para establecer tributos mediante ley
Comunidades Autónomas y Corporaciones LocalesPodrán establecer y exigir tributos de acuerdo con la Constitución y las leyes

Dato clave: Las prestaciones patrimoniales de carácter público solo pueden establecerse con arreglo a la ley (principio de reserva de ley tributaria).

Artículo 134: Presupuestos Generales del Estado

  • Los Presupuestos Generales del Estado son elaborados por el Gobierno y aprobados por las Cortes Generales (no solo el Congreso).
  • Tienen carácter anual e incluyen la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal.
  • Si no se aprobaran antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los del ejercicio anterior.
  • El Gobierno tiene el derecho de veto frente a proposiciones o enmiendas que supongan aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios.

Artículo 136: El Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público.

AspectoDetalle
Función principalFiscalización de cuentas y gestión económica del Estado
DependenciaDepende directamente de las Cortes Generales
ComposiciónSus miembros gozan de la misma independencia e inamovilidad que los Jueces
DictamenRemite a las Cortes un informe anual comunicando las infracciones o responsabilidades
JurisdicciónEjerce funciones de jurisdicción contable (fiscalización + enjuiciamiento contable)

Pregunta trampa: "¿De quién depende el Tribunal de Cuentas?" Depende de las Cortes Generales, no del Gobierno ni del Poder Judicial.

Comparativa completa: Estados de alarma, excepción y sitio (Art. 116)

Ampliamos la información del artículo 116 con un análisis más detallado de cada estado excepcional, incluyendo qué derechos pueden suspenderse en cada caso:

Quién declara y quién autoriza

AspectoEstado de alarmaEstado de excepciónEstado de sitio
Quién lo declaraGobierno (Decreto del Consejo de Ministros)Gobierno (Decreto del Consejo de Ministros)Congreso de los Diputados (por mayoría absoluta)
Autorización previaNo necesaria (posterior para prórroga), autorización previa del CongresoA propuesta exclusiva del Gobierno
Duración máxima15 días30 díasLa que determine el Congreso
PrórrogaRequiere autorización del CongresoProrrogable por otro plazo de 30 díasSegún lo establezca el Congreso

Derechos que pueden suspenderse (Art. 55.1)

Durante el estado de alarma NO se suspende ningún derecho fundamental. Solo durante los estados de excepción y sitio pueden suspenderse los siguientes derechos:

DerechoArtículoExcepciónSitio
Libertad y seguridad personalArt. 17✓ (excepto art. 17.3: asistencia letrada)
Inviolabilidad del domicilioArt. 18.2
Secreto de comunicacionesArt. 18.3
Libertad de circulación y residenciaArt. 19
Libertad de expresiónArt. 20.1.a y 20.1.d
Secuestro de publicacionesArt. 20.5
Derecho de reunión y manifestaciónArt. 21
Derecho de huelgaArt. 28.2
Derecho a conflicto colectivoArt. 37.2
Detención preventiva más de 72hArt. 17.2✓ (solo en sitio)

Reglas comunes a los tres estados (Art. 116)

  • No podrá disolverse el Congreso mientras esté declarado alguno de estos estados (art. 116.5).
  • Si el Congreso estuviere disuelto o hubiere expirado su mandato, las competencias serán asumidas por la Diputación Permanente del Congreso.
  • La declaración de estos estados no modifica el principio de responsabilidad del Gobierno y sus agentes (art. 116.6).
  • La declaración no interrumpe el funcionamiento de los poderes constitucionales.

Las dos reformas constitucionales: texto exacto de los cambios

La Constitución Española solo ha sido reformada en dos ocasiones. Aquí analizamos el texto exacto de cada reforma:

Primera reforma: 27 de agosto de 1992 (Tratado de Maastricht)

Artículo afectado: Artículo 13.2

Texto original (1978):

"Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales."

Texto reformado (1992):

"Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales."

Cambio exacto: Se añadieron las palabras "y pasivo" al artículo 13.2. Esto permitió que los ciudadanos de la UE pudieran no solo votar (sufragio activo) sino también presentarse como candidatos (sufragio pasivo) en las elecciones municipales españolas, como exigía el Tratado de Maastricht.

Procedimiento utilizado: Reforma ordinaria (art. 167). Se aprobó sin necesidad de referéndum.

Segunda reforma: 27 de septiembre de 2011 (Estabilidad presupuestaria)

Artículo afectado: Artículo 135 (sustituido íntegramente)

Texto original (1978):

"1. El Gobierno habrá de estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito. 2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión."

Texto reformado (2011) — Principios clave del nuevo artículo 135:

  1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
  2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos por la UE. Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo.
  3. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta.
  4. El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas no podrá superar el valor de referencia establecido en el TFUE.

Cambio exacto: El artículo 135 fue sustituido en su totalidad (pasó de 2 apartados a 6). La reforma introdujo el principio de estabilidad presupuestaria, el límite de déficit estructural y la prioridad absoluta en el pago de la deuda pública. Se realizó en el contexto de la crisis económica europea y la presión de los mercados financieros.

Procedimiento utilizado: Reforma ordinaria (art. 167). Se aprobó por lectura única y en plazo urgente. No se celebró referéndum, aunque fue solicitado.

Pregunta trampa: "¿La reforma de 2011 se aprobó por el procedimiento agravado?" No, se utilizó el procedimiento ordinario (art. 167), ya que el artículo 135 no está incluido entre las materias protegidas por el procedimiento agravado (art. 168).

Las Disposiciones de la Constitución: datos frecuentemente examinados

Tras los 169 artículos (Título Preliminar + Títulos I a X), la Constitución contiene unas disposiciones finales cuya estructura numérica es objeto frecuente de preguntas de examen:

Estructura numérica (memorizar obligatoriamente)

Tipo de disposiciónNúmeroRegla nemotécnica
Disposiciones Adicionales4"4-A" (4 Adicionales)
Disposiciones Transitorias9"9-T" (9 Transitorias)
Disposición Derogatoria1"1-D" (1 Derogatoria)
Disposición Final1"1-F" (1 Final)

Regla nemotécnica: "4-9-1-1" — Cuatro adicionales, nueve transitorias, una derogatoria, una final.

Disposiciones Adicionales (4)

  • DA 1ª: La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía. Afecta principalmente a Navarra y al País Vasco.
  • DA 2ª: La declaración de mayoría de edad contenida en el artículo 12 no perjudica las situaciones amparadas por los derechos forales en el ámbito del Derecho privado.
  • DA 3ª: La modificación del régimen económico y fiscal del archipiélago canario requerirá informe previo de la Comunidad Autónoma o del órgano provisional autonómico.
  • DA 4ª: En las Comunidades Autónomas donde tengan su sede más de una Audiencia Territorial, los Estatutos de Autonomía respectivos podrán mantener las existentes. Hace referencia implícita a Canarias (Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife).

Disposiciones Transitorias (9)

Las más relevantes para exámenes:

  • DT 1ª: Régimen transitorio para los territorios con régimen provisional de autonomía (preautonomías).
  • DT 2ª: Territorios que en el pasado hubieran plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de Autonomía podían acceder directamente a la autonomía por la vía del art. 151 (afectó a Cataluña, País Vasco y Galicia).
  • DT 4ª: Caso de Navarra: la incorporación de Navarra al Consejo General Vasco o al régimen autonómico vasco requeriría decisión del órgano foral competente, aprobada por mayoría, y referéndum. Navarra tiene su propia disposición transitoria.
  • DT 5ª: Régimen especial para Ceuta y Melilla, que podrán constituirse en Comunidades Autónomas si lo deciden sus Ayuntamientos por mayoría absoluta y lo autorizan las Cortes mediante Ley Orgánica.

Disposición Derogatoria (1)

La Disposición Derogatoria declara expresamente derogadas:

  • La Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política (la ley puente de la Transición).
  • La Ley de Principios del Movimiento Nacional de 1958.
  • El Fuero de los Españoles de 1945.
  • El Fuero del Trabajo de 1938.
  • La Ley Constitutiva de las Cortes de 1942.
  • La Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947.
  • La Ley Orgánica del Estado de 1967.
  • Y en general, cuantas disposiciones se opongan a la Constitución.

Disposición Final

La Disposición Final establece que la Constitución entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el BOE (29 de diciembre de 1978). También ordena su publicación en las demás lenguas de España.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuántos artículos tiene la Constitución Española? La Constitución Española tiene 169 artículos, organizados en un Título Preliminar y 10 Títulos (del I al X). Además, tiene un Preámbulo, 4 disposiciones adicionales, 9 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 1 disposición final.

¿Necesito memorizar todos los artículos para mi oposición? No es necesario memorizar los 169 artículos. En la práctica, unos 40-50 artículos concentran el 90% de las preguntas de examen. Los más importantes son los del Título Preliminar (1-9), los derechos fundamentales (14-29), los artículos sobre la Corona (56-65), las Cortes (66-69), el Gobierno (97-99), el Tribunal Constitucional (159-165) y la reforma constitucional (166-169). Lo que sí debes conocer es la estructura completa (qué Título trata cada materia) y los datos numéricos exactos (plazos, composiciones, mayorías).

¿Cuántas veces se ha reformado la Constitución Española? La Constitución se ha reformado 2 veces desde 1978. La primera fue en 1992 (artículo 13.2, para permitir el sufragio pasivo de los ciudadanos de la UE en elecciones municipales, con motivo del Tratado de Maastricht). La segunda fue en 2011 (artículo 135, para introducir el principio de estabilidad presupuestaria). Ambas se realizaron por el procedimiento ordinario del artículo 167.

¿La Constitución cae en el examen de Correos? Correos es la principal excepción. Su temario se centra en productos, servicios y procesos operativos de la empresa, no en legislación estatal. La Constitución tiene un peso mínimo o nulo en el examen de Correos. Sin embargo, si estás preparando Correos y también consideras otras oposiciones en el futuro, estudiar la Constitución es una inversión inteligente.

¿Qué diferencia hay entre derechos fundamentales y principios rectores? Los derechos fundamentales (Sección 1ª, Cap. II, Título I, art. 15-29) son directamente exigibles ante los tribunales, se regulan por Ley Orgánica y tienen la protección máxima, incluido el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Los principios rectores (Capítulo III, Título I, art. 39-52) son mandatos a los poderes públicos que orientan la legislación, pero no son directamente exigibles por los ciudadanos ante los tribunales: solo pueden invocarse según las leyes que los desarrollen. Por ejemplo, el derecho a la salud (art. 43) y el derecho a la vivienda (art. 47) son principios rectores, no derechos fundamentales.

¿Qué es el recurso de amparo y quién puede interponerlo? El recurso de amparo es un mecanismo de protección de los derechos fundamentales ante el Tribunal Constitucional (art. 53.2 y 161.1.b). Pueden interponerlo: cualquier persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. Protege los derechos del artículo 14 y de la Sección 1ª del Capítulo II del Título I (art. 15-29), así como el derecho a la objeción de conciencia del artículo 30.2.

¿Cuál es la diferencia entre la reforma ordinaria y la agravada? La reforma ordinaria (art. 167) requiere mayoría de 3/5 de cada Cámara y referéndum facultativo. La reforma agravada (art. 168) se aplica cuando se quiere reformar el Título Preliminar, la Sección 1ª del Cap. II del Título I o el Título II (La Corona), y exige: mayoría de 2/3 de cada Cámara, disolución de las Cortes, nuevas elecciones, aprobación del texto por 2/3 de las nuevas Cámaras y referéndum obligatorio. La agravada es tan exigente que nunca se ha utilizado.

Conclusión: tu estrategia para dominar la Constitución

La Constitución Española de 1978 es mucho más que un tema de oposiciones: es el documento que define cómo funciona España como Estado. Pero para aprobar tu examen, lo que necesitas es un enfoque práctico y eficiente:

  1. Domina la estructura primero. Antes de memorizar artículos, entiende cómo se organiza la Constitución. Saber que el Título III habla de las Cortes o que la Sección 1ª va del artículo 15 al 29 te ahorrará muchos errores.

  2. Concéntrate en los artículos clave. Los 40-50 artículos que hemos analizado en esta guía representan el 90% de las preguntas reales de oposiciones.

  3. Aprende los números exactos. 72 horas de detención, 12 magistrados del TC, 300-400 diputados, 9 años de mandato del TC, 5 años del CGPJ, 500.000 firmas para iniciativa legislativa popular. Los exámenes juegan con estos números.

  4. Haz test todos los días. No hay sustituto para la práctica. Cada pregunta que respondes, aciertes o falles, refuerza tu aprendizaje.

  5. Usa reglas nemotécnicas. "Li-Ju-I-Plu", "4-4-2-2", "A-15, E-30, S-Congreso". Tu cerebro recuerda mejor las asociaciones que los datos sueltos.

Esta guía es la base. Ahora el siguiente paso es tuyo.

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